Los abuelos tienen derechos con respecto a sus nietos
El sistema de justicia portugués reconoce a los abuelos el derecho a exigir períodos de interacción con los nietos. Puede parecer extraño para algunos, pero algunos padres niegan el contacto entre los niños y sus abuelos. En la mayoría de los casos, los abuelos son víctimas del conflicto parental entre los progenitores.
No hay datos estadísticos sobre este asunto, pero lo cierto es que se pide cada vez más a nuestra oficina que represente a los abuelos que no están satisfechos porque no pueden convivir con sus nietos por prohibición de yernos o nueras y, en algunos casos, de sus propios hijos…
¿Y los tribunales? ¿Cómo reacciona el sistema de justicia a esta violencia contra los niños?
Se reconoce unánimemente que la interacción de los nietos con sus abuelos estructura un crecimiento armonioso y equilibrado, tanto de la perspectiva de los afectos compartidos, como promoviendo la creación de un concepto amplio familia y de memoria familiar, sentido de integración y pertenencia.
La legislación portuguesa establece que los padres no pueden, sin justificación, privar a sus hijos de ponerse en contacto con hermanos y ascendientes (incluidos abuelos, bisabuelos, etc.).
Esta norma, introducida en nuestro Código Civil en 1995, suscitó dudas sobre la interpretación en nuestros tribunales, especialmente al principio, y algunos tribunales decidieron que los abuelos no tenían ningún «derecho de acceso» relativamente a sus nietos. Para estos tribunales, fueron los padres los responsables de definir con quién deben pasar tiempo los niños, pudiendo impedir el contacto con los abuelos si así lo deseaban. Según este entendimiento, el tribunal sólo podía intervenir si el niño o joven, teniendo en cuenta su edad y capacidad de discernir, expresaba su voluntad de pasar tiempo con sus abuelos y se le priva injustificadamente de hacerlo.
Hoy, afortunadamente, los tribunales portugueses tienen el entendimiento de que los abuelos tienen un verdadero «derecho de visita» relativamente a los nietos, a menos que, por supuesto, si tal relación resulta perjudicial para los nietos.
Esto significa que, si se les impide de convivir con sus nietos, los abuelos pueden solicitar al Tribunal de Familia una sentencia que establezca períodos de visita con los niños. El Tribunal fijará estos períodos a menos que exista una razón convincente para impedir la interacción entre abuelos y nietos. Esta decisión judicial debe ser obedecido por los padres.