Matrimonio, régimen de propiedad

Regímenes económicos matrimoniales en Portugal

El matrimonio, como realidad jurídica contractual, produce a la fecha de su ejecución una serie de efectos personales, patrimoniales y hereditarios.

Los regímenes económico matrimonial son conjuntos de normas que permiten determinar qué bienes forman parte del patrimonio matrimonial y cuáles son propiedad exclusiva de los cónyuges.

El derecho civil portugués tiene 3 principales regímenes económico matrimonial:

  • Comunidad de Adquisiciones
  • Comunidad Universal de Bienes; y
  • Separación de Bienes.

Además de esos regímenes, también existe la posibilidad de establecer un régimen particular que combine reglas de los distintos regímenes legales.

Comunidad de Adquisiciones

De acuerdo con las disposiciones del código civil, cuando los novios no determinen qué régimen de propiedad pretenden aplicar al matrimonio, se aplicará la Comunidad de Adquisiciones.

En el régimen de Comunidad de Adquisiciones los bienes adquiridos después del matrimonio serán bienes conyugales.

Los bienes que posea cada uno de los cónyuges en el momento del matrimonio serán de su propiedad exclusiva.

Asimismo, los bienes adquiridos mediante donación o heredados serán propiedad exclusiva del cónyuge beneficiario.

El producto del trabajo de los cónyuges, independientemente de su procedencia (trabajo dependiente o independiente), regularidad o forma de pago (en efectivo o en especie). Incluyendo las bonificaciones por productividad y las bonificaciones que no resulten de los «juegos de azar» y para las que exista una contribución intelectual o física (por ejemplo, concursos de televisivos y competiciones deportivas) a los ingresos laborales, todas serán propiedad conyugal.

Comunidad Universal de Bienes

Este régimen no puede elegirse si uno de los cónyuges ya tiene hijos de otra relación. Asimismo, quien ya haya cumplido 60 años en la fecha del matrimonio, está sujeto, por imperativo legal, al régimen de separación de bienes.

En la Comunidad Universal de Bienes, tanto los bienes que posean los novios en el momento de la boda como los que vengan a adquirir después del matrimonio serán bienes conyugales.

En este régimen, todos los activos son comunes con algunas excepciones, como los artículos personales y los activos muy específicos.

En 2008 se modificó la ley portuguesa y posteriormente se aplica una nueva norma que establece que, tras el divorcio, cada uno de los cónyuges no puede recibir más bienes de los que recibiría bajo el régimen dela Comunidad Universal de Bienes. Así, en la actualidad, este régimen cobra mayor relevancia en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, pero no en caso de divorcio.

Régimen de Separación de Bienes

Bajo este régimen, cada uno de los cónyuges sigue siendo el único propietario de los bienes que ya tenía en el momento del divorcio y también de los adquiridos después del matrimonio.

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