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Apadrinamiento Civil

Apadrinamiento Civil

¿Qué es el apadrinamiento civil?

El apadrinamiento civil es una relación jurídica duradera establecida entre un niño o joven y una persona individual o una familia, principalmente implicando la asignación de las responsabilidades parentales del apadrinado al/los padrino(s). Esta figura está regulada por una ley autónoma, la Ley N.º 103/2009, de 11 de septiembre (en adelante, LAP).

 

¿En qué difiere el apadrinamiento civil de la adopción?

El apadrinamiento civil no interfiere con las relaciones biológicas del niño o joven apadrinado. Esto significa que el/los padrino(s) no se convierte/n en familiar/es del niño/joven, sino que sólo establece/n vínculos afectivos con él. La familia biológica del apadrinado tiene el deber de colaborar con el/los padrino(s) y el derecho de visitarlo, mantener una relación con él y seguir su desarrollo. Los padres del niño también tienen el derecho de saber quién es/son el/los padrino(s), de ponerse en contacto con ellos y con el hijo, de saber dónde vive el niño/joven, de recibir fotos o videos de este y de visitarlo, según lo previsto en el compromiso o la decisión judicial.

 

¿Cuándo se apadrina a un niño o joven?

El apadrinamiento puede ocurrir cuando un niño o joven menor de 18 años está acogido en una institución, se beneficia de una medida de promoción y protección, se encuentra en situación de peligro confirmado en un proceso de la Comisión de Protección de Niños y Jóvenes en Peligro y es encaminado para el apadrinamiento.

 

¿Quién puede ser padrino civil?

La LAP establece que puede ser padrino civil cualquier persona mayor de 25 años que esté previamente habilitada para ello. Para ser designado como padrino, debe, en primer lugar, haber una declaración de voluntad ante la seguridad social, el organismo competente para verificar la idoneidad y autonomía de vida del padrino o de los miembros de la familia que apadrina para asumir las responsabilidades propias de ese vínculo.

 

¿Cómo se constituye la relación de apadrinamiento civil?

El apadrinamiento civil puede constituirse por decisión o por homologación del tribunal.

 

¿Qué consentimientos son necesarios para el apadrinamiento civil?

Si el apadrinado tiene más de 12 años, su consentimiento es obligatorio. Además, también se requiere la autorización del padrino o madrina no separado judicialmente de personas y bienes o de hecho, o de la persona que viva con ellos en unión de hecho. El consentimiento de los padres del apadrinado también es, en principio, necesario, al igual que el de su representante legal o guardián de hecho.

 

¿Quién propone la constitución de una relación de apadrinamiento civil?

El apadrinamiento civil puede ser resultado de la iniciativa del Ministerio Público, de la Comisión de Protección de Niños y Jóvenes en Peligro, de la seguridad social o de otra institución habilitada por ella, del representante legal o guardián de hecho del niño o joven, o incluso de este, si tiene más de 12 años. Además de las opciones descritas, el apadrinamiento civil puede ser constituido por iniciativa del propio Tribunal.

 

¿Qué Derechos y Deberes tienen el/los padrino(s)?

Quien apadrina tiene derecho a beneficiarse del régimen jurídico de faltas y licencias, de prestaciones sociales, a acompañar al ahijado en caso de enfermedad y a considerarlo como dependiente a todos los efectos fiscales. Por otro lado, tiene el deber de ejercer las responsabilidades parentales del niño en los mismos términos en que lo deberían hacer los padres del niño o joven, con las excepciones previstas en el compromiso o decisión judicial.

 

¿Es permanente el apadrinamiento civil?

Aunque se piensa como una relación duradera, el apadrinamiento civil puede ser revocado por el tribunal cuando todas las partes así lo acuerden, cuando el/los padrino(s) incumplan sus deberes o no puedan cumplirlos, cuando esa relación ya no responda a los intereses del ahijado o cuando el niño o joven adopte comportamientos que lo afecten gravemente a sí mismo o al/los padrino(s) o a su/s vida/s familiar/es.

 

Constança Bandeira Pinho

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