Custodia e Régimen de Visitas

¿Qué sucede en la conferencia de padres en el Juzgado de Familia?

La ley prevé que se celebre una reunión con los padres siempre que se estén llevando a cabo actuaciones judiciales en los Tribunales de Menores y Familia y sea necesario:

  • regular la guarda e custodia de los hijos por primera vez;
  • cambiar un régimen previamente fijado;
  • decidir sobre un incumplimiento del régimen actual.

La conferencia de padres tiene como objetivo principal llegar a un acuerdo entre los padres sobre el tema o los temas en discusión.

No obstante, y si no es posible llegar a un entendimiento, en los casos en que por primera vez esté en juego la regulación de la guarda e custodia de los hijos, el tribunal procederá a la regulación provisional de la situación, estableciendo un régimen provisional de guarda y custodia de los hijos.

 

Este régimen, en principio, se mantendrá vigente hasta la sentencia firme y, por tanto, por un período que puede ser bastante extendido, sabiendo que la rapidez de nuestros tribunales está lejos de la ideal.

El juez utilizará los elementos que pueda tener para establecer el régimen provisional y, en particular, la información que le transmitan los padres y sus abogados en la conferencia de padres.

En la conferencia de padres intervienen los padres, preferiblemente acompañados de sus abogados, el ministerio público, y el tribunal también puede convocar a los abuelos u otras personas de especial referencia emocional al niño, y en principio, el joven o niño también es escuchado.

Es en esta conferencia donde los padres comunican al tribunal y a los fiscales, a través de la voz, sus reclamos, los intereses que los mueven, así como lo que consideran como intereses superiores del menor y lo que defienden para su futuro. También es en la conferencia donde podrán proporcionar a la corte los elementos que necesita para proceder con el establecimiento del régimen provisional. Si se trata de una pensión alimenticia, el juez debe contar con los elementos que permitan evaluar la capacidad económica de ambos progenitores, sus gastos ordinarios y las necesidades del niño o joven.

Por lo tanto, es muy importante que los padres preparen con anticipación la participación en la conferencia de padres con sus abogados, sabiendo que es en gran parte con los elementos que puedan reunir en la conferencia que el juez establecerá el régimen provisional de guarda y custodia de los hijos.

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