¿Por qué las sentencias de divorcio decretadas en el extranjero deben ser reconocidas en Portugal?
Según la legislación portuguesa, para que una resolución judicial (como una sentencia o una resolución de divorcio) dictada por un tribunal extranjero produzca efectos en Portugal, debe ser revisada o confirmada por un tribunal portugués. Este proceso de revisión, también conocido como proceso de reconocimiento (o homologación) de la sentencia extranjera, corresponde a una confirmación meramente formal de la sentencia extranjera. Esto significa que, a diferencia de lo que ocurre en otros países, el Tribunal portugués sólo se asegurará de que la decisión es auténtica y susceptible de ser reconocida, y no indagará sobre su justicia o la correcta aplicación de la ley por parte del tribunal extranjero.
¿Cuál es el proceso de reconocimiento de sentencias extranjeras?
Las sentencias extranjeras se reconocen en Portugal mediante el procedimiento de revisión judicial previsto en los artículos 978 y siguientes de del Código de Procedimiento Civil.
Este proceso debe iniciarse en el Tribunal de Apelación (Tribunal da Relação) de la zona en la que esté domiciliado el demandado, es decir, la persona contra la que se va a ejecutar la sentencia, siendo competente el Tribunal de Apelación de Lisboa (Tribunal da Relação de Lisboa) en los casos en los que el demandado esté domiciliado en el extranjero.
Una vez iniciado el procedimiento de revisión, el tribunal portugués procederá a verificar si la sentencia extranjera cumple con los diversos requisitos establecidos en el artículo 980 del CPC.
Así, en primer lugar, el Tribunal de Apelación (Tribunal da Relação) se asegurará de que no existen dudas sobre la autenticidad del documento que contiene la sentencia, y también comprobará si su contenido es comprensible.
A continuación, verificará si el tribunal extranjero era competente para pronunciarse sobre ese punto de derecho, asegurándose de que el asunto en cuestión no es de competencia exclusiva de los tribunales portugueses y de que los supuestos en los que se estableció la competencia del tribunal extranjero no han sido provocados fraudulentamente por las partes. Además, comprobará que la cuestión de derecho en cuestión no está siendo discutida actualmente en un tribunal portugués, o si lo ha sido en el pasado.
A este respecto, también deberá comprobar si la sentencia extranjera es firme, es decir, si ya no es susceptible de recurso o modificación, al haber cristalizado sus efectos en el ordenamiento jurídico extranjero.
Además de estos procedimientos relativos a la autenticidad, la validez y la eficacia de la sentencia extranjera, el Tribunal de Apelación (Tribunal da Relação) también tendrá que comprobar que se ha dictado respetando el principio de igualdad entre las partes, asegurándose de que éstas han sido debidamente notificadas y han tenido la misma oportunidad de pronunciarse sobre la cuestión de derecho debatida. Por último, el Tribunal verificará si el contenido de la decisión es compatible con los principios básicos del Estado portugués.
Una vez cumplidos todos estos requisitos, la sentencia extranjera es confirmada y surte efecto en el ordenamiento jurídico portugués.
¿Deben reconocerse todas las sentencias de divorcio extranjeras?
Salvo que exista un tratado o una ley especial que indique lo contrario, una sentencia de un tribunal extranjero (judicial o arbitral) debe ser revisada.
Este es el caso de los divorcios decretados en los países de la Unión Europea. De hecho, el Reglamento Bruselas II Bis establece el principio de reconocimiento automático de las sentencias de divorcio dictadas en cualquier Estado miembro (a excepción de Dinamarca, que no participa en la adopción del Reglamento y, por tanto, no está vinculada por él). Esto significa que, en lugar de iniciar un procedimiento para el reconocimiento de la sentencia extranjera, las partes podrán probar su divorcio ante las autoridades administrativas y judiciales de otro Estado miembro sólo presentando un certificado judicial emitido por el tribunal extranjero de acuerdo con un formulario especialmente previsto en el Reglamento.
Este procedimiento de reconocimiento automático, sin embargo, también tiene excepciones. No es posible, por ejemplo, si el contenido de la resolución es incompatible con los principios básicos del Estado miembro de reconocimiento, o si una de las partes no ha tenido la oportunidad de presentar su defensa legal.
Este Reglamento entró en vigor el 1 de agosto de 2004, por lo que los divorcios concedidos en un país de la UE antes de esa fecha siguen estando sujetos a la revisión del Tribunal de Apelación (Tribunal da Relação).
En cuanto a los divorcios decretados en Brasil, no existe ningún tratado o ley especial que permita el reconocimiento automático de tales decisiones, lo que significa que los divorcios decretados en Brasil deben ser reconocidos primero por el Tribunal de Apelación (Tribunal da Relação) para que tengan efecto en Portugal.
¿Deben reconocerse también las decisiones de divorcio decretadas en las Oficinas Notariales (Brasil)?
Esta necesidad de homologación también se verifica en los casos de divorcio reconocido por escritura pública otorgada por un Notario Público – es decir, la necesidad de reconocimiento de una sentencia de divorcio emitida en Brasil es obligatoria, tanto en los casos en que el divorcio haya sido decretado judicialmente como extrajudicialmente.
Tras el reconocimiento del divorcio extranjero por parte del Tribunal portugués, ¿qué hay que hacer para que se inscriba en la partida de nacimiento?
Si el tribunal portugués reconoce la decisión extranjera, el tribunal informa al Registro Civil de oficio para que proceda a la anotación del divorcio en las partidas de nacimiento y de matrimonio de los interesados, si tienen nacionalidad portuguesa o se casaron en Portugal.